martes, 11 de enero de 2011

Fotos de la toma de posesión canónica del Padre Pablo Alfonso en la Pquia. Santa Teresa de La Playosa

Se denomina "toma de posesión canónica del oficio de Cura Párroco" al acto jurídico por el que, la autoridad competente que provee a dicho oficio o ministerio de cura de almas en una determinda comunidad parroquial, entrega en un acto público, generalmente durante la celebración de la Santa Misa, aunque no necesariamente, el munus propio de aquel que ejercerá en nombre del obispo diocesano o su equiparado, la tarea de santificar, enseñar, y gobernar el pueblo de Dios que se confía.
Dicho acto jurídico hace que emerjan de parte del nombrado cura Párroco deberes y derechos que le son inherentes al oficio que asume de acuerdo a la legislación eclesial, y que en la liturgia se manifiestan en la entrega del Libro de los Evangelios, los Santos Óleos, y la llave del Sagrario, con la profesión de fe canónica, y juramento de cumplimiento fiel del deber.
Dicho acto, es prueba externa del inicio del ministerio del sacerdote en el oficio parroquial, que aunque pudiera obviarse por particulares razones, y sólo bastaría la presentación del decreto episcopal mostrándolo a los fieles, sin embargo es del todo importante que se haga a fin de darle la debida publicidad al hecho, y como forma irrefutable de prueba a tenor de los cánones.
Las connotaciones espirituales subjetivas, tanto del que entrega el oficio porque el derecho le da esa potestad (obispo diocesano, prelado territorial, etc.), como del electo cura párroco, poco tienen que ver en un acto estrictamente jurídico, que de por sí, debe dar la seguridad a la Iglesia y a los fieles, que tienen un auténtico pastor, es decir un acto absolutamente objetivo, por lo que, aunque sería lo ideal, se dieran todas las condiciones de generosidad, entrega, pertenencia, etc., si estas faltaran, nada sería obstáculo para que una comunidad, hecha la toma de posesión canónica, tenga su párroco, y el sacerdote nombrado su rebaño.
Después de tres años y medio de servicio a la comunidad parroquial de La Playosa, el pasado domingo 9 de enero de 2011, el obispo diocesano Mons. Dr. José Ángel Rovai, dió el ejercicio ministerial de cura Párroco al P. Pablo Alfonso, que quedó constituído a todos los efectos cabeza de esa comunidad, representante legal de la persona jurídica de esa parroquia.
Dicho esto, el acta de toma de posesión, firmada por los presentes, es cabal documento que testifica lo antes mencionado.




















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